¿Qué es un Plan de Igualdad? ¿Cómo beneficia a tu empresa?

Cada vez son más las empresas que cuentan con un Plan de Igualdad, ya sea porque se ven obligadas por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, o porque su cultura corporativa está alineada con el progreso y decide implantar esta herramienta de justicia social.

Sin embargo, a día de hoy todavía encontramos organizaciones, incluso entre las que tienen la obligación de contar con este documento, que se preguntan qué es un Plan de Igualdad, o que no desconocen que contar con uno es positivo, no solo a nivel social, sino también para su beneficio como empresa, como veremos más adelante.

¿Qué es un Plan de Igualdad?

Según recoge Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en su artículo 46.1, «los Planes de Igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo».

En otras palabras, un Plan de Igualdad es un documento que recopila una serie de acciones correctoras destinadas a reducir las desigualdades entre mujeres y hombres que puedan existir en la empresa. Pero para poder establecer estas medidas es imprescindible realizar un análisis previo que permita diagnosticar los puntos donde se están produciendo estas brechas para poder atajarlas de forma precisa. Para ello se recopilan y analizan los siguientes parámetros:

  1. Proceso de selección y contratación.
  2. Clasificación profesional.
  3. Formación.
  4. Promoción profesional.
  5. Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
  6. Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
  7. Infrarrepresentación femenina.
  8. Retribuciones.
  9. Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

Los beneficios de un Plan de Igualdad

Llegados a este punto, muchas organizaciones se preguntan qué reciben ellas a cambio de tanto esfuerzo. Contar con un Plan de Igualdad supone múltiples beneficios que se pueden agrupar en 5 áreas relevantes en el mundo empresarial:

Legislación

  • Evitar sanciones económicas de alta cuantía.
  • Acceder a subvenciones y distintivos relevantes.

Imagen

  • Consolida la cultura de empresa.
  • Mejora la imagen corporativa.
  • Aumenta la reputación y prestigio.

Gestión de personal

  • Mejora el ambiente laboral.
  • Disminuye el absentismo y rotación.
  • Favorece la retención del talento.

Productividad

  • Mejora la competitividad en concursos públicos.
  • Favorece la productividad.
  • Incrementa la calidad.

Responsabilidad Social Corporativa

  • Compromiso con la sociedad.
  • Ética corporativa.
  • Responsabilidad Social Empresarial.

La obligación de tener un Plan de Igualdad

El RD 6/2019, al que hacía referencia al inicio de este artículo, ha supuesto un paso adelante muy importante en la expansión de esta herramienta, ya que ha aumentado exponencialmente el número de empresas que tienen la obligación de implantar un Plan de Igualdad. Así, a partir del mes de marzo de 2022, todas las organizaciones que cuenten con más de 50 personas en su plantilla deben tener su propio Plan.

Para facilitar el proceso de adaptación, la ley indica unos plazos:

  • A partir del 7 de marzo de 2020, empresas con más de 150 personas trabajadoras.
  • A partir del 7 de marzo de 2021, empresas con más de 100 personas trabajadoras.
  • A partir del 7 de marzo de 2022, empresas con más de 50 personas trabajadoras.

Además de esto, no hay que olvidar que hay empresas obligadas por su Convenio Colectivo o por la autoridad laboral en proceso sancionador.

Finalmente, otra de las mejoras introducidas por el RD 6/2019 es la obligación de registrar el Plan, impidiendo así que se convierta en papel mojado. Así lo recoge en la ampliación del artículo 46, en los apartados 4 y 5:

  1. Se crea un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, como parte de los Registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo (…).
  2. Las empresas están obligadas a inscribir sus planes de igualdad en el citado registro.

Y es que, a pesar de todos los esfuerzos, la igualdad sigue siendo una materia pendiente en España. En 2017 la brecha salarial se situó de media en el 21,99% y, según datos del INE de 2016, las mujeres españolas se encargan diariamente de las tareas del hogar y del cuidado de menores, mayores o familiares dependientes durante dos horas más que los hombres.

Por este motivo, el incumplimiento de la obligación de tener un Plan de Igualdad constituye una infracción ​grave sancionada con multa que puede ir de 626 a 6.250€.